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Salario mínimo: un decreto, 15 demandas y un debate que se agudiza

Quince demandas y seis tutelas mantienen abierto el debate jurídico y económico sobre el salario mínimo fijado para 2026, por el presidente Gustavo Petro.

El decreto con el que el presidente Gustavo Petro fijó el salario mínimo legal para 2026 en dos millones de pesos mensuales, con un incremento cercano al 23.78%, abrió un nuevo escenario en Colombia: nueve demandas de nulidad y seis acciones de tutela buscan ahora frenar o tumbar la medida, mientras las altas cortes definen su futuro.

El Decreto 1469 de 2025, expedido tras el fracaso de la concertación en la mesa tripartita, se convirtió rápidamente en el eje de un debate que ya no es solo salarial, sino institucional, económico y jurídico.

El eje del conflicto: legalidad y sustento técnico

Quienes solicitan la nulidad del decreto cuestionan que el Gobierno haya sustituido los criterios legales obligatorios —inflación, productividad, PIB y participación de los salarios en el ingreso nacional— por el concepto de “salario vital”, apoyado en referentes de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sin carácter vinculante.

Uno de los casos más relevantes es el de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco), que presentó ante el Consejo de Estado una demanda de nulidad con solicitud de suspensión provisional urgente del decreto. El gremio advirtió que el texto normativo no explica de manera clara y verificable cómo se pasó de variables que justificaban ajustes del 6.21% a un incremento del 23.7%, sin sustento técnico suficiente.

Fenalco también alertó que, de mantenerse la medida, podrían perderse más de 772.000 empleos formales y cerrarse miles de mipymes, como consecuencia del impacto en costos laborales, informalidad y presión inflacionaria.

A este llamado se suma la postura de la Asociación Colombiana de Agencias de Viajes y Turismo (Anato), quien en días pasados también advirtió efectos críticos para el sector turismo, al señalar que el aumento salarial desestructura contratos, tarifas y proyecciones ya pactadas para 2026, afecta la competitividad internacional del destino Colombia y presiona aún más los márgenes de agencias, operadores y hoteles, un sector altamente intensivo en empleo formal.

Para el gremio turístico, la combinación entre mayores costos laborales y un entorno cambiario desfavorable puede traducirse en menor competitividad frente a otros destinos de la región y en riesgos adicionales para la sostenibilidad empresarial.

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Nueve demandas y seis tutelas: el número que marca el pulso

Con el paso de los días, el número de acciones judiciales se convirtió en un indicador clave del nivel de controversia: nueve demandas y seis tutelas están hoy en trámite en distintas instancias.

Aunque las demandas buscan la nulidad del decreto por vía administrativa, las tutelas apuntan a la presunta vulneración del debido proceso, la falta de concertación real y el desconocimiento de principios constitucionales en la fijación del salario mínimo.

Este volumen de procesos no tiene precedentes recientes en la historia de los decretos salariales en Colombia. Dentro del frente judicial, dos acciones de tutela se convirtieron en los intentos más visibles por frenar de manera inmediata el decreto que fijó el salario mínimo para 2026.

La primera fue presentada por el exmagistrado Alejandro Linares, quien solicitó la suspensión provisional del decreto al considerar que vulneraba el debido proceso y carecía de una motivación técnica suficiente. Un juez constitucional negó la petición al no encontrar un perjuicio inmediato, concreto e individual que habilitara el uso excepcional de la tutela, recordando que el control de legalidad corresponde a la jurisdicción contencioso-administrativa.

La segunda tutela fue interpuesta por Leonardo Josué Guecha Oliveros, quien alegó que el Decreto 1469 de 2025 vulneraba sus derechos fundamentales al mínimo vital, la vida digna y la igualdad material, al generar —según su argumento— un aumento desproporcionado que produciría inflación adicional y erosionaría su poder adquisitivo, dado que percibe ingresos fijos no indexados.

Guecha solicitó no solo la suspensión provisional del decreto, sino también que, de manera subsidiaria, se ordenara al Gobierno implementar un subsidio compensatorio mensual mientras la jurisdicción contenciosa resolvía de fondo la legalidad del acto administrativo.

No obstante, el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta negó la tutela por improcedente, al concluir que la acción de tutela no puede utilizarse como mecanismo de control abstracto de legalidad o constitucionalidad de actos administrativos. El despacho recordó que, según la jurisprudencia de la Corte Constitucional, este mecanismo es residual y subsidiario, y que el accionante cuenta con otros medios judiciales ante la jurisdicción contencioso-administrativa para controvertir el decreto.

En su decisión, el juzgado fue enfático en señalar que el desacuerdo con el porcentaje del aumento salarial no equivale a una vulneración directa, cierta e individual de derechos fundamentales, ni acredita la existencia de un perjuicio irremediable que habilite la procedencia excepcional de la tutela.

Así, ambas tutelas terminaron con el mismo resultado: el rechazo judicial de la suspensión del decreto, sin que ello implique una validación definitiva de su legalidad, la cual sigue siendo objeto de análisis en las demandas de nulidad que cursan en el Consejo de Estado.

La respuesta del Gobierno: salario vital y confianza internacional

Por su parte, el presidente Gustavo Petro defendió el decreto como un avance hacia un ingreso digno y sostuvo que la oposición jurídica responde más a intereses políticos que técnicos. Para el mandatario, el aumento del salario mínimo hace parte de una estrategia económica orientada a fortalecer el mercado interno y mejorar el poder adquisitivo de los hogares.

Asimismo, a través de su cuenta en X, el 14 de enero, el presidente anunció que se dirigirá al país para explicar los “hechos sobrevinientes” que, a su juicio, respaldan la solidez de su política económica. Entre ellos, destacó la obtención de un crédito por US$ 5.000 millones a una tasa del 5.9%, destinado a reemplazar obligaciones financieras más costosas.

Petro vinculó este respaldo internacional con su apuesta por el salario vital como herramienta para impulsar el desarrollo productivo y permitir que las familias progresen, señalando que la confianza del mercado se refleja también en el alto interés por los bonos colombianos.

Para los sectores demandantes, sin embargo, esta narrativa política y financiera no sustituye la obligación legal de sustentar técnicamente el incremento salarial, razón por la cual el debate continúa abierto en los estrados judiciales.

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Un precedente para el modelo institucional

Más allá del resultado jurídico, el caso del salario mínimo 2026 ya se proyecta como un precedente institucional: define hasta dónde puede llegar el Ejecutivo en la fijación del salario sin concertación, qué peso tienen los criterios técnicos frente a los políticos y cómo se equilibra la protección del trabajador con la sostenibilidad del aparato productivo.

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