La reforma laboral ha generado incertidumbre en todos los sectores de la economía, debido a las medidas que pretende implementar el Gobierno de Gustavo Petro para dar solución a los problemas sistémicos del país.
¿En qué va la reforma laboral?
Continúa en debate la reforma laboral del Gobierno de Gustavo Petro y en Ladevi Medios y Soluciones le explicamos cómo va el proceso.
Este documento contemplaba 98 artículos, dentro de los cuales se encuentra al ajuste de los horarios de la jornada nocturna, seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales, límites a la subordinación, entre otros.
¿Cuáles son las proyecciones del Gobierno Nacional?
Durante un debate de control político, convocado por la comisión tercera del Senado de la República, se dieron a conocer los estudios en los que está sustentada la reforma laboral y los beneficios que esta traerá.
“Con la reforma laboral vamos a formalizar, en una primera etapa, a cerca de 2.5 millones de trabajadores y trabajadoras de sectores como el rural, las plataformas de reparto o domicilio y el trabajo doméstico, que históricamente han sido precarizados", manifestó la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez.
Igualmente, el presidente }Petro resaltó que el proyecto prevé garantizar los derechos de los trabajadores, específicamente en el salario y en los horarios laborales.
“La reforma laboral propone que, si usted es un asalariado, se le pague el doble si trabaja en festivos y dominicales, o si trabaja en horarios nocturnos. Se trata de recuperar no solo un mejor salario y el descanso, sino mejorar la estabilidad laboral", resaltó.
Luego de semanas en debate, se aprobó en primer debate
En el primero de cuatro debates la Comisión Séptima de la Cámara de Representantes aprobó el proyecto de la reforma laboral. Cabe resaltar que semanas atrás luego de una larga discusión, se eliminó un paquete compuesto por 20 artículos, de los cuales 18 correspondían al capítulo de derecho colectivo del trabajo.
La célula legislativa decidió y el debate quedó aprobado con 14 votos a favor y cuatro en contra.
En ese sentido, fueron aprobados 75 de los 98 artículos del proyecto original y se sumaron seis nuevos artículos relacionados con el acompañamiento a micros y medianas empresas, la creación de una ruta de empleabilidad y la formalización de madres comunitarias sustitutas. Con este último bloque, la iniciativa queda compuesta por 81 artículos.
Dentro de los puntos anulados también se encontraba el modelo de huelga desregularizada, la negociación de trabajo que buscaba generar varios negocios con los sindicatos, lo que incrementaba los costos y el punto que permitía a federaciones sindicales como Fecode afiliar directamente a trabajadores.
Los partidos de oposición también expresaron preocupación por los efectos que estas medidas tendrían en la economía. Ahora, la reforma laboral continuará su debate en la plenaria de la Cámara de Representantes.
Algunos de los artículos anulados fueron:
- Art. 25 “Cuotas Aprendices Empresas”
- Art. 50 Límites a la contratación por prestación de servicios.
- Art. 66 Ámbito de aplicación
- Art. 68 Libertad sindical
- Art. 70 Afiliación a distintos sindicatos
- Art. 72 Prohibiciones
- Art. 73 Subdirectivas y Comités Seccionales
- Art. 74 Retención de cuotas sindicales
- Art. 75 Trabajadores amparados por el fuero sindical
- Art. 76 Derechos de Federación
- Art. 78 Garantía del derecho a la negociación colectiva
- Art. 79 Unidad negocial
- Art. 82 Derecho a la huelga
- Art. 83 Huelga en los servicios esenciales.
- Art. 84 Requisitos de la huelga contractual
- Art. 85 Decisión de los trabajadores
- Art. 86 Desarrollo de la huelga
- Art. 87 Forma de la huelga
- Art. 88 Funciones de las autoridades
- Art. 89 Causales de ilegalidad de huelga
- Art. 92 Administración de la Planilla Única de Liquidación de Aportes-PILA
Ante esto, Ramírez manifestó: "vamos a seguir avanzando en la lucha por ampliar y darle mayor profundidad a los derechos colectivos en este proceso que empezamos con esta reforma, pero además quiero decirles que también seguiremos trabajando duro y fuertemente para que en los espacios internacionales nosotros defendamos el derecho de huelga".
De la misma manera, los congresistas que apoyaban dichos artículos se pronunciaron, asegurando que, pese a que no estaban de acuerdo con las decisiones tomadas, no pretendían generar retrocesos o quiebres dentro del proceso de la reforma laboral.
¿Cuáles artículos de la reforma laboral ya han sido aprobados?
El proyecto le apuesta a los derechos de los trabajadores con la jornada máxima de 42 horas semanales, el pago justo de horas extra, nuevas formas de contratación para diversos sectores, entre otras.
Por otra parte, la reforma contempla el contrato a término indefinido como forma de contratación prioritaria para avanzar en la estabilidad laboral; se formalizarán a 42 mil madres comunitarias en un proceso progresivo del Ministerio de Trabajo y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; la licencia de paternidad pasó de dos a seis semanas; auxilio de conectividad en la modalidad de trabajo a distancia para trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos; contrato para el trabajo doméstico y protección especial para el trabajo de la mujer rural y campesina.
Adicionalmente, aunque hubo anulaciones que se consideraban relevantes, hubo otros que fueron aprobados, entre ellos, la regulación del contrato de aprendizaje para los estudiantes del SENA, el cual ahora tendrá que ser laboral y a término fijo.
Otro de los puntos avalados está la jornada laboral, donde el horario diurno será de 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m. y el nocturno desde las 7:00 p.m. hasta las 6:00 a.m.
De igual forma, el recargo dominical y festivo ya no será del 75%, sino del 100% y su implementación será gradual, donde se empezaría a pagar el 80%, en 2025 llegaría al 90% y en 2026 se daría la plena aplicación.
Adicionalmente, han sido aprobados:
- Art. 1 Establecimiento de la jornada laboral de 6:00 a.m. hasta las 7:00 p.m.
- Art 2. Relaciones que regula el Código Sustantivo del Trabajo
- Art. 3 Restricción de inaplicabilidad
- Art. 5 Contrato laboral a término indefinido
- Art. 6 Contratos a término fijo y por obra o labor determinada
- Art. 7 Debido proceso disciplinario laboral
- Art. 11 Publicación del reglamento de trabajo
- Art. 14 Factores de evaluación objetiva del trabajo
- Art. 15 Trabajo diurno y nocturno
- Art. 17 Relación de horas extra
- Art. 19 Remuneración del trabajo suplementario
- Art. 21 Límites de la subordinación
- Art. 23 Medidas para la eliminación de la violencia, el acoso y la discriminación en el mundo del trabajo
- Art. 24 Contrato de aprendizaje
- Art. 26 Modifíquese el artículo 34 de la ley 789 de 2002 "monetización de la cuota de aprendizaje"
- Art. 27 Definiciones de trabajo en plataformas digitales de reparto
- Art. 28 Modalidades de trabajo en plataformas digitales de reparto
- Art. 29 Registro de información en plataformas digitales de reparto
- Art. 30 Seguridad social y riesgos laborales en plataformas digitales de reparto
- Art. 32 Transparencia y utilización de los sistemas automatizados de supervisión y toma de decisiones
- Art. 33 Cuotas de aprendices en las empresas
- Art. 37. Programa de formación para el trabajo rural
- Art. 42 Trabajadores Migrantes
- Art. 45 Participación para el trabajo decente en comunidades étnicas
- Art. 46 Contrato de trabajadores y trabajadoras del arte y la cultura
- Art. 47 Medidas adicionales en relaciones laborales para periodistas, comunicadores sociales y trabajadores afines
- Art. 51 Jornada flexible para trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares del cuidado
- Art. 54 Licencia de maternidad y paternidad en parejas adoptantes del mismo sexo
- Art. 55 Obligaciones especiales del empleador
- Art. 56 Programa de convenios laborales para las víctimas del conflicto armado
- Art. 57 Lineamientos de Política Pública de Trabajo Digno y Decente para la transición justa y el Empleo verde y azul
- Art. 58 Incentivos al Empleo Verde y Azul
- Art. 59 Formación para la promoción de empleos verdes y azules
- Art. 61 Auxilio de Conectividad para las modalidades de trabajo a distancia
- Art. 67 Garantías del derecho de la asociación sindical
- Art. 69 Procedimiento sumario de protección de los derechos sindicales
- Art. 71 Medida complementaria a los estatutos
- Art. 77 Representación paritaria y/o proporcional en las organizaciones
- Art. 80 Con modificaciones. Garantiza que los trabajadores sigan asociándose por fuera de la férula sindical para obtener beneficios colectivos
- Art. 81 se ajusta la prohibición de contratos sindicales con organizaciones sindicales para la prestación de servicios o ejecución de obras.
- Art. 90 Alcance de la decisión
Fenalco puntualiza los estragos que dejaría la reforma laboral
Fenalco continúa insistiendo en que la reforma laboral agravará la situación económica para los colombianos, dejando a más de 400 mil desempleados por el incremento de costos e impactando a los 2.7 millones que no cuentan con una estabilidad laboral actualmente.
Asimismo, luego de que se anunciara que el proyecto habría sido aprobado, Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, manifestó que la reforma laboral además de haber sido aprobada de manera precipitada se desarrolló con desconocimiento y está "alejada de la realidad".
“Lamentablemente en este debate se aprobaron los artículos propuestos por el Gobierno que aumentarían sensiblemente los costos para el sector empresarial, como consecuencia de horas extras, dominicales y festivos, jornada diurna, vacaciones para el sector de vigilancia y laboralización del contrato de aprendizaje; temas que dejan por fuera a los 2.7 millones de colombianos que hoy no tienen un trabajo”, dijo.
Cabal comentó, además, que se avecina una catástrofe económica debido a lo que conlleva poner en marcha los artículos del proyecto, como por ejemplo la conversión del contrato de aprendizaje a contrato laboral, con el cual el sector productivo tendrá que pagar, como mínimo cinco billones doscientos mil millones de pesos adicionales, sin contar con el aumento exponencial de aprendices por el acuerdo 10 del SENA.
Adicionalmente, expresó que, ante la inflación que no cede y la mínima recuperación de la economía (0.7%), el Gobierno Nacional debe tener en cuenta la difícil situación que atraviesa el país, la cual se puede evidenciar con la disminución del recaudo de los impuestos.
Otra de las consecuencias que acarrearía el proyecto de la reforma laboral es la posible reducción en los recursos utilizados como subsidios y transferencias para ayudar a poblaciones vulnerables en el país.
Finalmente, el dirigente gremial destacó lo que se ha votado negativamente de esta reforma y que constituye un logro para quienes creen que la única forma de generar empleos de calidad y de reducir la informalidad es promover el crecimiento económico.
“Desde Fenalco hacemos nuevamente un llamado a los congresistas de Cámara y Senado para que hagan un debate serio y voten sensatamente, de acuerdo con lo que le conviene al país”, concluyó.
Cabe resaltar que hace unos meses, Fenalco realizó una encuesta en el sector comercial y empresarial, con el fin de conocer la perspectiva la cual evidenció que, de ser aprobado el proyecto, las empresas tendrían que asumir sobrecostos superiores al 40% considerando el incremento en el salario mínimo a inicios de este año.
Por otra parte, la encuesta reveló que, si se aprueba la reforma laboral, el 81% de las empresas y comercio como restaurantes, bares, hospedajes, transporte, entretenimiento, vigilancia y seguridad privada, se verían afectadas por el desarrollo de actividades en todas las jornadas del día.
De la misma manera, el 31% de los empresarios aseguró que si se llegaran a encarecer los costos laborales por el proyecto de la reforma laboral, reducirían e incluso evitarían contratar nuevo personal.
El 21% ajustaría los horarios de atención para reducir costos, el 19% haría ajuste de precios, el 17% sustituiría la mano de obra por tecnología, un 12% prescindiría del personal no contratado a término indefinido, un 7% reduciría los turnos de trabajo nocturno y el 6% estudiaría la posibilidad de cerrar puntos de venta.
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