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Reforma tributaria de Abelardo de la Espriella: ¿qué está en juego para la industria turística?

La nueva reforma tributaria propone ajustes que podrían repercutir en los costos de operación turística y en el precio de algunos servicios para los viajeros.

En pocas palabras

  • Reforma tributaria: El proyecto del Gobierno Nacional afecta al turismo con cambios fiscales agresivos.
  • IVA y costos: Se eliminan exenciones y tarifas diferenciales, encareciendo servicios turísticos y transporte.
  • Impacto laboral: Se modifican las exoneraciones parafiscales, aumentando los costos de contratación para el sector.
Resumen generado por Thinkindot AI

El Proyecto de Ley de Rescate Económico, radicado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público ante el Congreso, propone medidas para estabilizar las finanzas públicas y ajustar el sistema tributario. Aunque su alcance es general, varias disposiciones podrían tener efectos sobre las empresas y actividades vinculadas al turismo. (Reforma tributaria: el efecto de reducir impuestos sobre la nómina)

La exposición de motivos justifica la iniciativa en la situación fiscal del país y señala que, durante 2025, el 28.6% de los ingresos tributarios se destinó al pago de intereses de la deuda pública. Esto significa que una proporción cercana a uno de cada tres pesos recaudados se utiliza para cubrir esas obligaciones.

Para atender este panorama, el Ejecutivo plantea una estrategia estructurada en seis ejes: reducir el gasto de funcionamiento del Estado, transformar el IVA mediante un esquema de devoluciones a los hogares vulnerables, incentivar la inversión privada, atraer capital extranjero, ajustar la regla fiscal y fortalecer los controles de la DIAN para combatir la evasión.

En el caso del turismo, el alcance de la propuesta merece especial atención por los cambios que contempla en materia de IVA para determinados servicios turísticos, tributación de bebidas alcohólicas y vehículos, y aportes parafiscales. Estas disposiciones podrían modificar las condiciones tributarias y los costos de algunas actividades de la cadena turística.

Sin embargo, los efectos no serían iguales para todos los segmentos ni entrarían en vigor al mismo tiempo. Por eso, es necesario revisar qué beneficios se modificarían, qué obligaciones cambiarían y cuáles serían las fechas de aplicación, teniendo en cuenta que se trata de un proyecto que todavía debe surtir su trámite en el Congreso.

El trasfondo de la crisis: la búsqueda de un ajuste fiscal de fondo

El análisis presentado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público señala que la presión sobre las finanzas públicas requiere de decisiones estructurales inmediatas.

De acuerdo con el informe oficial, una porción considerable de los ingresos tributarios actuales del país se destina al pago de intereses de la deuda, lo que limita la capacidad de inversión estatal.

Ante este panorama, la propuesta del Gobierno Nacional se sostiene sobre pilares como la contención del gasto público, la reestructuración del IVA mediante esquemas de compensación directa, el incentivo a la inversión privada y el fortalecimiento de los mecanismos de control tributario a cargo de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

No obstante, las modificaciones tributarias planteadas podrían generar presiones sobre los costos de operación y las tarifas finales de algunas actividades vinculadas al turismo, especialmente en segmentos como la hotelería, las agencias de viajes, la gastronomía y el transporte.

Turismo receptivo y transporte: cambios en los beneficios tributarios.

Uno de los aspectos más sensibles para la industria es la eliminación de beneficios tributarios que actualmente favorecen determinadas actividades del sector.

Entre los cambios propuestos se encuentra la eliminación de la exención del IVA para los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior, utilizados en Colombia y originados en paquetes comercializados por agencias operadoras u hoteles inscritos en el Registro Nacional de Turismo (RNT).

De aprobarse esta modificación, estos servicios perderían su tratamiento de exentos y quedarían sujetos a las condiciones generales del IVA. La medida podría afectar especialmente al turismo receptivo, al modificar las condiciones tributarias de los paquetes turísticos y servicios hoteleros dirigidos a visitantes internacionales.

Adicionalmente, el proyecto contempla modificar la tarifa del IVA para los vehículos híbridos y eléctricos, que pasaría del 5% al 19%.

Este cambio podría incrementar los costos de adquisición de vehículos para empresas de transporte especial y compañías de alquiler de automotores que hayan incorporado estas tecnologías a sus flotas.

Sin embargo, es importante precisar que la modificación recae sobre la compra e importación de estos vehículos y no sobre la tarifa del servicio de alquiler como tal.

En cuanto al transporte aéreo y marítimo de pasajeros, es necesario diferenciar las medidas propuestas de una eliminación generalizada de sus tratamientos tributarios preferenciales. (¿Tiquetes aéreos más baratos? El proyecto de ley que busca reducirles el IVA hasta 2030)

El proyecto mantiene la exclusión del IVA para los servicios de transporte público de pasajeros, por lo que no es correcto afirmar que todos los tiquetes pasarían automáticamente a tributar a la tarifa del 19%.

La oferta gastronómica de los destinos ante los cambios tributarios.

El consumo dentro de los destinos turísticos también podría experimentar cambios en su estructura de costos. El proyecto propone modificar la tributación de las bebidas alcohólicas, incluyendo ajustes en el IVA y en el impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares.

En materia de IVA, la iniciativa plantea que los licores pasen de la tarifa actual del 5% a la tarifa general del 19%. Es importante señalar que la cerveza ya cuenta con una tarifa de IVA del 19%.

Esta medida podría repercutir en los costos de las áreas de alimentos y bebidas de los establecimientos hoteleros, así como en restaurantes, bares y otros negocios vinculados a la oferta gastronómica y de entretenimiento de los destinos turísticos.

El impacto final dependerá de cómo se trasladen estos cambios tributarios a los precios de venta y de la capacidad de cada establecimiento para absorber los mayores costos.

Costos laborales en agencias de viajes y establecimientos hoteleros

La hotelería, las agencias de viajes y las empresas de logística turística se caracterizan por ser intensivas en la generación de empleo formal. (Agencias de viajes: dos señales que no pasan inadvertidas en las ventas durante el tercer trimestre)

En este contexto, el proyecto plantea modificar las condiciones de exoneración de los aportes parafiscales al SENA y al ICBF, así como las cotizaciones al sistema de salud a cargo de los empleadores.

La propuesta establece que, a partir del 1 de enero de 2027, se mantendría la exoneración total para los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Para quienes reciban más de dos y hasta tres salarios mínimos, se aplicaría una tarifa parcial del 1% para el SENA, 1% para el ICBF y 4% para las cotizaciones al sistema de salud. En el caso de los trabajadores que devenguen más de tres salarios mínimos, no se aplicaría la exoneración.

Como consecuencia, las empresas del sector turístico que cuenten con trabajadores en estos rangos salariales podrían experimentar un incremento en sus costos laborales.

Esto podría repercutir en la estructura financiera de hoteles, agencias de viajes y compañías de transporte turístico, especialmente en aquellas que requieren personal calificado para mantener sus estándares de servicio.

Frente a este escenario, los gremios del turismo en Colombia hacen un llamado al Congreso de la República para abrir espacios de concertación técnica que permitan revisar el alcance de las medidas y salvaguardar la competitividad, la generación de empleo y la conectividad del país.