El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo invita a los prestadores de servicios turísticos a renovar oportunamente el Registro Nacional de Turismo (RNT) para la vigencia 2026. Este trámite obligatorio garantiza la operación legal de los establecimientos y promueve la formalidad y confianza en el sector turístico colombiano.
Registro Nacional de Turismo: procedimiento y plazos para la renovación en 2026
El MinCIT recuerda a los prestadores de servicios turísticos renovar a tiempo su Registro Nacional de Turismo 2026, asegurando operación legal y formalidad.
El MinCIT recuerda a los prestadores turísticos renovar su Registro Nacional de Turismo 2026 de manera virtual, ágil y segura antes del 31 de marzo.
Según el Decreto 1836 de 2021, el RNT no solo es un requisito administrativo, sino una herramienta clave para asegurar condiciones seguras y legales para los visitantes. El periodo para actualizar el registro comenzó el 1 de enero y se extenderá hasta el 31 de marzo de 2026, fecha límite para evitar la suspensión automática del registro. (Actualización del RNT: el punto sensible que analiza Anato)
¿Qué es el Registro Nacional de Turismo?
El RNT es el requisito previo para ofrecer servicios turísticos en Colombia. Contar con un registro vigente certifica la formalidad del prestador, respalda la calidad de los servicios ofrecidos y genera confianza en los visitantes.
El viceministro de Turismo, Juan Sebastián Sánchez, señaló que renovar el RNT a tiempo refleja el compromiso con el sector, los turistas y el desarrollo turístico del país. El proceso es completamente virtual, con manuales y tutoriales paso a paso que facilitan un trámite ágil y seguro.
Es importante tener en cuenta que no renovar dentro del plazo establecido llevará a la suspensión automática del RNT a partir de la medianoche del 1° de abril, lo que podría acarrear sanciones y afectar la continuidad de los servicios ofrecidos a los turistas. (RNT sin prohibiciones, pero con efectos: Cotelco opina)
Cómo renovar el RNT paso a paso
La renovación se realiza completamente en línea a través del portal de Confecámaras. El procedimiento es el siguiente:
- Acceder al portal oficial del RNT en el sitio web de Confecámaras.
- Seleccionar la categoría o subcategoría que corresponda a la actividad turística que se ejecuta, asegurando que coincida con el objeto social registrado en el Registro Mercantil vigente.
- Completar el formulario virtual con información sobre las capacidades técnicas y operativas del establecimiento.
- Declarar el cumplimiento de los requisitos establecidos según corresponda.
- Aceptar el código de conducta, que incluye políticas de prevención y medidas contra la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes en la actividad turística.
Cumplir con esta obligación garantiza que los prestadores operen legalmente y sigan contribuyendo al crecimiento del turismo colombiano, ofreciendo servicios de calidad y experiencias seguras y confiables para los visitantes nacionales e internacionales.

