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Reforma en Fontur: así queda el Comité Directivo bajo el nuevo decreto

El decreto firmado por el MinCIT modifica la participación de los gremios en el Comité de Fontur y redefine el balance entre control y aportantes parafiscales.

La norma reduce la participación privada de cuatro a tres representantes y otorga mayoría al Estado, sustentándose en el artículo 202 de la Ley 1753 de 2015, que faculta al Gobierno para definir la integración del Comité sin exigir una mayoría gremial.

Aunque la versión inicial del proyecto proponía bajar de cuatro a dos los cupos privados, la etapa de consulta pública —realizada entre el 18 de septiembre y el 2 de octubre de 2025— no generó modificaciones de fondo. Durante esos días, los gremios del turismo enviaron 12 observaciones, todas analizadas pero finalmente no incorporadas. (Gobierno mantiene plan para reducir poder gremial en Fontur)

Con la entrada en vigencia del decreto, la nueva composición se aplicará en las próximas elecciones de los representantes de los aportantes al sistema parafiscal.

Comité de Fontur: un nuevo sistema para escoger a los tres gremios

Además de reducir los cupos, el decreto transforma el método de elección de los gremios que harán parte del Comité. Desde las próximas elecciones, la designación se realizará mediante una votación que distribuye el peso de cada participante de manera escalonada. (¿Qué hace el Comité Directivo de Fontur y quién lo integra?)

Cada gremio asistente contará con seis votos, que deberán asignarse obligatoriamente a tres asociaciones diferentes, así:

  • 3 votos para una,
  • 2 votos para otra,
  • 1 voto para una tercera.

Ninguna asociación podrá recibir más de una asignación por parte del mismo votante, y únicamente podrán elegir y ser elegidos los gremios que asistan a la reunión. En caso de empate o imposibilidad de completar la designación, el MinCIT elegirá a los representantes con base en la mayor participación en los aportes parafiscales.

Además, solo podrá participar una organización por cada categoría de aportantes definida en la Ley 1101 de 2006. Este mecanismo mantiene la presencia del sector privado, pero en un marco más acotado y con menor peso decisorio.

DECRETO-1198-DEL-14-DE-NOVIEMBRE-DE-2025

La visión del Gobierno y el alcance del ajuste institucional

Para el Gobierno, la ley exige presencia gremial, pero no establece un porcentaje específico. Esta lectura se apoya en la jurisprudencia de la Corte Constitucional —sentencias C-152/97, C-536/99 y C-228/09— que define los recursos parafiscales como públicos, lo que implica mantener una conducción estatal clara sobre su administración.

El decreto también incorpora a la Dirección de Inversión Extranjera y Servicios dentro del Comité. Según el Gobierno, esta entidad aporta criterios técnicos alineados con el Plan Nacional de Desarrollo 2022–2026 y una mirada especializada sobre proyectos turísticos, atracción de capital y competitividad. En esa lógica, la reducción de integrantes busca agilizar decisiones y dar mayor orden administrativo a la gestión del Fondo.

Aunque el sector privado conserva presencia en la mesa, su papel queda más orientado a la asesoría, ya que la mayoría estatal es la que finalmente determina el destino de los recursos parafiscales.

Reacciones y efectos identificados

Para distintos analistas, la nueva configuración no constituye un monopolio económico, pero sí concentra la capacidad de decisión en el Estado. Entre los efectos mencionados se encuentran:

  • Menor diversidad de voces dentro del Comité.
  • Ampliación del margen de maniobra del Gobierno al priorizar proyectos.
  • Ruptura parcial del esquema histórico de corresponsabilidad entre gremios y Estado.
  • Posible aumento de tensiones en la relación público–privada.

Este modelo redefine la gobernanza de Fontur en un momento en que los recursos parafiscales siguen siendo fundamentales para la competitividad turística del país. También abre un debate sobre el equilibrio entre quienes financian el sistema y quienes orientan las decisiones que determinan su utilización.

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