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Contra todo pronóstico, la Corte Constitucional frenó el decreto de emergencia económica

La decisión judicial frena el decreto del Gobierno Nacional y deja en suspenso las medidas tributarias de la emergencia económica.

La Corte Constitucional decidió suspender provisionalmente el Decreto 1390 de 2025, mediante el cual el Gobierno Nacional había declarado el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional, mientras se adopta una decisión de fondo sobre su constitucionalidad.

La determinación fue adoptada por la Sala Plena a través del Auto 082 de 2026, como una medida cautelar orientada a evitar la consolidación de efectos irreversibles derivados del uso de facultades excepcionales, mientras se adelanta el control constitucional correspondiente.

Como consecuencia directa de esta decisión, la Corte dispuso que el Decreto Legislativo 1474 de 2025 —que contemplaba medidas tributarias para atender los gastos asociados a la emergencia— no producirá efectos, de acuerdo con lo establecido en el Auto 084 de 2026, hasta que exista un pronunciamiento definitivo.

La suspensión implica que, por ahora, quedan sin vigencia tanto la declaratoria de emergencia como las medidas fiscales asociadas, mientras la Corte evalúa si se cumplían los requisitos constitucionales para su expedición.

En la decisión se registraron salvamentos y aclaraciones de voto por parte de algunos magistrados, lo que anticipa un debate de fondo relevante sobre el alcance de las facultades excepcionales del Ejecutivo y los límites del estado de emergencia en materia económica y social.

Fenalco respalda la suspensión y advierte impactos al sector productivo

Tras conocerse el fallo, la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) calificó la decisión como un hito institucional. Para el gremio, la suspensión provisional refuerza el equilibrio de poderes, la supremacía constitucional y el control oportuno sobre el uso de facultades extraordinarias.

El presidente del gremio, Jaime Alberto Cabal, recordó que desde la expedición del Decreto 1390 Fenalco advirtió que los argumentos del Gobierno no correspondían a circunstancias excepcionales, sino a problemáticas estructurales y previsibles del Estado.

“El financiamiento del sistema de salud, las dificultades fiscales, los subsidios de energía y gas, las sentencias judiciales o las restricciones de endeudamiento no pueden invocarse como calamidades súbitas que justifiquen gobernar por decreto ni sustituir al Congreso de la República”, señaló Cabal.

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Llamado a una ruta fiscal responsable

Desde el gremio insistieron en que el uso indebido de facultades excepcionales afecta la seguridad jurídica, compromete el principio de legalidad tributaria y genera incertidumbre para la actividad empresarial.

Fenalco reiteró que el Gobierno debe avanzar por una ruta institucional responsable, enfocada en la racionalización del gasto público, la planeación y la transparencia fiscal, advirtiendo que trasladar de forma recurrente los costos de una gestión pública ineficiente al sector productivo pone en riesgo la competitividad y el crecimiento económico del país.

La decisión de la Corte deja abierto el debate de fondo sobre la constitucionalidad de la emergencia económica y marca un punto clave en la discusión sobre gobernanza fiscal y uso de herramientas excepcionales en Colombia.

Las advertencias de Gustavo Petro: deuda, déficit y tensión institucional

Tras la suspensión del Decreto 1390, el presidente Gustavo Petro reiteró que la Emergencia Económica era una herramienta clave para contener el deterioro fiscal y evitar un encarecimiento acelerado de la deuda pública. Durante la instalación del Consejo de Ministros televisado, el mandatario advirtió que, sin estas medidas, el país enfrentaría mayores presiones financieras.

Según explicó, el hundimiento de las leyes de financiamiento agravó el déficit primario, lo que —desde una perspectiva contable— compromete la sostenibilidad de la deuda. “Si un país está en déficit primario, la deuda se vuelve impagable en el tiempo”, señaló, al tiempo que afirmó que el objetivo del Gobierno era alcanzar un superávit primario que permitiera estabilizar las finanzas públicas.

Petro sostuvo que, aunque su administración logró contener parcialmente el impacto fiscal, el mayor riesgo se trasladaría al próximo gobierno si no se adoptan medidas estructurales. En ese contexto, defendió el uso de facultades excepcionales como un mecanismo transitorio para evitar una crisis más profunda.

Desde el Ministerio de Hacienda se reiteró que el paquete de medidas contemplado en el Decreto 1474 incluía ajustes tributarios temporales orientados a aumentar el recaudo, con énfasis en sectores de mayores ingresos, juegos de azar en línea, actividades extractivas y el sector financiero, además de alivios transitorios para contribuyentes en mora.

En paralelo, el jefe de Estado elevó el tono frente a la decisión de la Corte Constitucional, a la que acusó de “prejuzgar” al suspender el decreto sin un pronunciamiento de fondo. En su cuenta de X, afirmó que la medida interrumpe una política orientada a proteger a la población trabajadora y cuestionó que se frene de manera anticipada un esquema tributario de carácter progresivo.

Finalmente, Petro vinculó este debate con la defensa del salario vital y reiteró su llamado al Banco de la República para reducir las tasas de interés, insistiendo en que el crecimiento económico debe priorizar el trabajo, la producción y la demanda interna.

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