Bajo el Decreto 580 del 31 de mayo del 2021, el Gobierno Nacional estableció la reactivación económica de todos los sectores. Asobares celebró que los bares y discotecas estén incluidos dentro este plan de reactivación, siempre y cuando la ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo (UCI) de su territorio no supere el 85%. Ningún municipio o ciudad que supere el porcentaje mencionado de UCI podrá habilitar discotecas, zonas de bares y eventos.
¿Cuándo podrán abrir los bares y discotecas?
Bogotá se reactivará totalmente en tres fases.
"Únicamente los alcaldes en los municipios y distritos con ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo -UCI- superior al 85%, previo concepto del Ministerio de Salud y Protección Social y con la debida autorización del Ministerio del Interior, podrán restringir algunas actividades, áreas, y zonas para el control y manejo de la pandemia ocasionada por el Covid-19", especificaron en el decreto.
Llamado de Asobares a los gobiernos locales
"Hacemos un respetuoso llamado a gobernadores y alcaldes para que se sumen a la cruzada convocada desde Asobares, por el rescate de las empresas y los empleos de la noche, solicitando la eliminación de las fracasadas restricciones y la adopción de medidas alternativas que promuevan la recuperación de la economía, incluida la nocturna", reclamó Asobares.
¿Qué tipo de restaurantes y bares aplican como turísticos?
Por medio del Decreto 343 del 6 de abril de 2021, MinCIT especificó cuáles y cómo pueden condicionarse como establecimiento turístico. Es así como los restaurantes y bares que deseen estar bajo ese criterio, podrán llevarlo a cabo si deciden voluntariamente clasificarse como tal, se inscriben en el Registro Nacional de Turismo y que se encuentren dentro de estas actividades económicas:
- 5611 Expendio a la mesa de comidas preparadas.
- 5612 Expendio por autoservicio de comidas preparadas.
- 5613 Expendio de comidas preparadas en cafeterías.
- 5619 Otros tipos de expendio de comidas preparadas n.c.p.
- 5630 Expendio de bebidas alcohólicas para el consumo dentro del establecimiento.
¿Qué tipo de bares y restaurantes aplican como turísticos?
- Restaurantes de autoservicio.
- Restaurantes de comidas rápidas.
- Comidas callejeras que se encuentren reglamentadas y debidamente autorizadas por los gobiernos locales.
- Camiones de comida debidamente autorizados por la autoridad local.
- Fruterías.
- Heladerías.
- Cafés o cafeterías.
- Piqueteaderos.
- Cevicherías y pescaderías,
- Salsamentarías.
- Panaderías, reposterías, pastelerías o chocolaterías.
- Bares con música en vivo
- Bares sociales.
- Gastrobares.
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