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Cancillería propone eliminar a Israel del listado de países exentos de visa

La Cancillería publicó el borrador que impondría visa a israelíes por principio de reciprocidad. ¿Qué impacto tendría esta medida?

El Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Cancillería) dio un paso firme en materia migratoria al publicar el borrador de una resolución que impondría el requisito de visa a ciudadanos israelíes que deseen ingresar al país para estancias de corta duración. Esta medida, disponible para comentarios hasta el próximo 9 de junio a través del Sistema Único de Consulta Pública (SUCOP), busca modificar el listado de países exentos de visa, eliminando a Israel del mismo.

La decisión se fundamenta en el principio de reciprocidad, luego de que el gobierno de ese país adoptara, desde el pasado 14 de mayo de 2025, una medida unilateral que exige visa a los ciudadanos colombianos. En respuesta, la Cancillería busca nivelar las condiciones migratorias entre ambos países.

“La finalidad de esta resolución es aplicar el principio de reciprocidad en materia migratoria, actualizando el listado de nacionales exentos de visa para actividades de corta estancia y eliminando a Israel de dicho grupo”, se lee en la memoria justificativa del proyecto, firmada por el director de Asuntos Migratorios, Consulares y Servicio al Ciudadano, Frank Godoy Casadiego, y el jefe de la Oficina Jurídica Interna, Camilo Escobar Gutiérrez.

anexo-PN-2025-19284-1368da31 - MEMORIA JUSTIFICATIVA.pdf

Una medida sustentada legal y diplomáticamente

De acuerdo con el documento, la Cancilleria ejerce su competencia conforme al Decreto 1067 de 2015 y la Ley 2136 de 2021, que lo facultan para definir los requisitos de ingreso y permanencia de extranjeros. Además, el artículo 2 de esta ley establece como objetivo de la Política Integral Migratoria promover una migración segura, ordenada y regular, lo cual justifica el ajuste normativo.

La resolución propuesta modificaría el literal A del parágrafo del artículo 3 de la Resolución 5488 de 2022, en el cual se establecen las nacionalidades exentas del requisito de visa para actividades de corta estancia. En consecuencia, Israel quedaría excluido del listado, lo que implica que sus ciudadanos deberán gestionar una visa para ingresar a Colombia por motivos turísticos, de negocios o eventos de corta duración.

Implementación nacional e impacto

La medida será de aplicación nacional y estará a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en conjunto con el Grupo Interno de Trabajo de Visas e Inmigración y las misiones consulares de Colombia en el exterior. El Ministerio aseguró que esta decisión no genera impacto económico, presupuestal ni medioambiental, y se encuadra dentro de su soberanía y política exterior.

Este anuncio se suma a una serie de decisiones en política migratoria adoptadas por Colombia en los últimos años, que incluyen ajustes normativos según las dinámicas geopolíticas y de movilidad internacional. A pesar de la naturaleza diplomática de la decisión, su efecto directo será percibido por turistas y empresarios israelíes que a partir de la expedición oficial de la resolución, deberán realizar un trámite adicional para visitar territorio colombiano.

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