Bajo el Decreto 580 del 31 de mayo de 2021, el Gobierno Nacional estableció la reactivación económica de todos los sectores y bajo la resolución 777 de 2021 se establecieron y unificaron los protocolos de bioseguridad para la apertura de bares y discotecas.
¿Cuáles son los protocolos para los bares y discotecas?
En la resolución 777 de 2021 se establecieron los protocolos para la reactivación económica de todos los sectores, entre ellos los bares y las discotecas.
La preocupación de Asobares por la reforma laboral.
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Medidas para la apertura de bares y discotecas
La reactivación de los bares se dará siempre y cuando la ocupación de Unidades de Cuidados Intensivo (UCI) de su territorio no supere el 85%.
Para los propietarios del establecimiento
- Establecer una estrategia para manejo de venta y consumo responsable de alcohol, que involucre el personal que labora en el establecimiento y sea divulgado a los usuarios a través de los medios y canales que disponga el lugar, tales como avisos, medios online, meseros, incluyendo la información del derecho de admisión y permanencia en el lugar.
- Establecer un punto de control en la entrada del establecimiento donde se efectúe el registro de ingreso de los clientes, la verificación del uso correcto del tapabocas y le realización del procedimiento de desinfección de manos, así como indicaciones para elcumphm1ento de las condiciones de bioseguridad.
- Garantizar el distanciamiento fisco de un metro entre personas en las barras y de dos metros entre mesas o grupos de personas.
- Señalizar la distribución de las mesas, sillas, barras y áreas comunes, en la medida de lo posible, mediante la implementación de sistemas de distanciamiento físico.
- Evitar aglomeraciones en áreas comunes tales como barras, taquilla, ropero, baños, definiendo estrategias que garanticen el distanciamiento físico y minimicen la acumulación de personas en un mismo lugar tales como: horarios de atención, turnos de operación, sistemas de reservas, controlen la entrada de los baños.
- Habilitar, en lo posible: una puerta de ingreso al establecimiento y otra de salida con el fin de controlar el flujo y circulación de personas.
- Contar con un encargado del establecimiento que ubique y oriente a los clientes según lo indique el personal del punto de ingreso.
- Instalar en todos los baños, en lo posible, elementos que reduzcan el contacto de los clientes con superficies tales como puertas batientes sin cerradura o tipo push; dispensadores automáticos de papel higiénico, toallas de papel, jabón o alcohol glicerinado mínimo al 60% y griferías automáticas o de pedal.
- Evitar la disposición de alimentos y productos en barras o en la modalidad de autoservicio, tanto para clientes como para empleados, incluyendo elementos como servilletas, mezcladores, pitillos, bolsas de azúcar y sal.
- Mantener los elementos de servicio como cubiertos servilletas, pitillos, mezcladores, agitadores, entre otros, en recipientes o envases protegidos del ambiente y empacados de forma individual hasta el momento que el cliente los solicite.
- Eliminar el uso de cartas o menús en físico.
- Servir en platos o vasos individuales los productos que sean para compartir.
- Informar a los dientes sobre la prohibición de compartir comidas, bebidas, tragos, cigarrillos.
- Está prohibido el uso de narguilas.
- No realizar prácticas de degustaciones de alimentos y bebidas en el establecimiento.
- Informara los usuarios el aforo máximo permitido para el local garantizando que enlodo momento se respete el distanciamiento mínimo de dos metros entre mesas
- Informar a los usuarios que el incumplimiento de las disposiciones de bioseguridad dará lugar al retiro del establecimiento.
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