Ante el brote de fiebre amarilla en Colombia, el Gobierno Nacional estableció nuevas obligaciones para el sector turístico mediante la Circular 05 de 2026. La medida exige a agencias de viajes, hoteles y operadores implementar controles sanitarios, informar a los viajeros y promover la vacunación para desplazarse hacia zonas de riesgo.
Nuevas reglas para el turismo frente a la fiebre amarilla: lo que debe tener en cuenta el sector
El sector enfrenta nuevas condiciones frente a la fiebre amarilla, estas son las reglas y recomendaciones de vacunación que impactan la operación.
La fiebre amarilla introduce nuevas exigencias para el turismo, estos son los aspectos que el sector debe tener en cuenta para operar y orientar a los viajeros.
Con esta disposición, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en articulación con el Ministerio de Salud, fija lineamientos de cumplimiento obligatorio que incorporan al sector turístico dentro de las acciones de prevención y control de la enfermedad.
Prestadores turísticos deberán informar y verificar condiciones de viaje
Uno de los cambios centrales es la responsabilidad directa de los prestadores turísticos en la gestión del riesgo sanitario. A partir de ahora, los profesionales de turismo deberán:
- Informar sobre los riesgos epidemiológicos del destino.
- Verificar el estado de vacunación del viajero.
- Orientar sobre puntos de inmunización.
- Comunicar síntomas y rutas de atención.
Estas acciones buscan reducir la exposición de los turistas en zonas con circulación activa del virus y elevar los estándares de información previa al viaje.
Vacunación contra fiebre amarilla, requisito clave
La circular establece que la vacuna contra la fiebre amarilla debe aplicarse al menos 10 días antes del viaje a destinos de riesgo. Esto convierte su promoción y verificación en un punto crítico dentro del proceso de comercialización turística.
La exigencia también se extiende a trabajadores del sector que operen en zonas endémicas, quienes deberán cumplir con las mismas condiciones sanitarias.
Control sanitario y efectos en la operación turística
Los establecimientos turísticos deberán implementar medidas de control para prevenir la propagación del mosquito transmisor, como la eliminación de aguas estancadas, el manejo adecuado de residuos y el mantenimiento de espacios libres de criaderos, junto con campañas informativas dirigidas a los viajeros.
Estas disposiciones cobran mayor relevancia en destinos de naturaleza y ecoturismo, donde el riesgo de exposición es más alto.
Adicionalmente, en zonas con alta circulación del virus, las autoridades podrán restringir o condicionar la realización de eventos masivos, lo que incide directamente en la dinámica turística local. En este escenario, los organizadores deberán integrar protocolos sanitarios dentro de la planificación de sus actividades.
El sector turístico, bajo un nuevo rol en salud pública
El Gobierno subraya que el cumplimiento de estas medidas no solo responde a una contingencia sanitaria, sino que también incide en la imagen de Colombia como destino turístico.
En adelante, la experiencia del viajero estará cada vez más vinculada a la gestión del riesgo y la seguridad sanitaria. El incumplimiento de estas disposiciones podrá derivar en sanciones administrativas y sanitarias para los actores del sector.

