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¿Quién puede ser Secretario General de ONU Turismo? Reglas, vacíos y controversias del proceso electoral

La inminente elección del nuevo Secretario General de ONU Turismo reabre el debate sobre el marco legal que rige este proceso.

Mientras se avecina la elección del nuevo Secretario General de ONU Turismo, el proceso interno de selección vuelve a estar bajo la lupa, más allá de la coyuntura marcada por la inesperada retirada de Zurab Pololikashvili como candidato a un nuevo mandato.

Vale destacar que el propio marco legal de la organización ofrece claves para entender cómo se elige al principal cargo del organismo y cuáles son los límites –y grises– del proceso.

No obstante, la inminente elección del nuevo Secretario General, prevista para el 30 de mayo, reabre el debate sobre el marco legal que rige este proceso. Aunque se presenta como un organismo especializado del sistema de Naciones Unidas, su procedimiento de nombramiento del máximo responsable tiene puntos débiles que permiten diversas interpretaciones, habilitando tensiones políticas y controversias diplomáticas.

Un cargo central para la organización

El artículo 22 de los Estatutos de la OMT establece que el Secretario General “será nombrado por recomendación del Consejo [Ejecutivo] y por una mayoría de dos tercios de los Miembros Efectivos presentes y votantes en la Asamblea, para un período de cuatro años. Dicho nombramiento será renovable”.

En términos funcionales, el Secretario General encabeza la Secretaría y es responsable ante la Asamblea y el Consejo Ejecutivo (art. 23). Entre sus atribuciones figuran la presentación del presupuesto, la ejecución del programa de trabajo y la representación jurídica de la OMT.

¿Qué requisitos debe cumplir un candidato?

El Estatuto no detalla un perfil mínimo obligatorio en cuanto a experiencia profesional, educación, nacionalidad ni trayectoria diplomática. Esto implica que, más allá de los usos y prácticas, no existe un filtro normativo explícito sobre quién puede ser postulado.

Sin embargo, el artículo 24.3 aporta un principio rector para la selección del personal en general, que también podría extrapolarse al liderazgo: “la necesidad de asegurar a la Organización empleados que posean las más elevadas normas de eficiencia, competencia técnica e integridad”.

¿Cómo se formaliza una candidatura para Secretario General?

El procedimiento no está especificado en los estatutos, pero en la práctica, las candidaturas se presentan por medio de los Estados miembros, que actúan como patrocinadores. No hay un artículo que defina formalmente este mecanismo, pero sí se menciona que el Consejo Ejecutivo debe remitir una recomendación a la Asamblea, lo que implica una preselección cerrada, sin votación abierta entre varios postulantes.

Este punto ha sido foco de críticas, ya que en procesos anteriores se denunció que el calendario electoral o la falta de difusión de las vacantes limitaron la presentación plural de candidatos.

¿Qué pasa si un país retira su apoyo a un candidato?

Tampoco existe un procedimiento reglado sobre esta situación. El Estatuto no menciona qué ocurre si un Estado decide retirar la postulación de su candidato antes del Consejo o la Asamblea, por lo que esa decisión política deja al aspirante sin sustento formal, aunque no necesariamente anula su elegibilidad si otro Estado decidiera respaldarlo.

En términos legales, el artículo 35 aborda el retiro de los Estados de ONU Turismo, pero no la retirada de candidaturas.

¿Puede un candidato representar a otro país?

Este punto tampoco está regulado expresamente. No hay ninguna norma que prohíba que una persona con doble nacionalidad o nacionalización reciente se postule en nombre de un país distinto al de su nacimiento. De hecho, el artículo 22 establece que el Secretario General es designado por los órganos de la organización, sin requerimientos de nacionalidad.

En la práctica, el respaldo oficial de un Estado miembro es suficiente para avalar una candidatura, sin importar el origen del postulante. Esto abre la puerta a que un profesional, por ejemplo, nacido en un país pero naturalizado por otro, pueda representar a este último en el proceso de elección, siempre que reciba su nominación formal.

Vacíos normativos y tensiones internas

El marco jurídico de ONU Turismo presenta ambigüedades que han sido utilizadas con fines políticos. Uno de los casos más citados fue el proceso de reelección de Zurab Pololikashvili en 2021, que fue duramente cuestionado por ex secretarios generales por falta de transparencia en la convocatoria y por supuestas modificaciones a las reglas internas para facilitar su continuidad.

A partir de la 25ª Asamblea General, realizada en Samarcanda en 2023, se ratificó que el mandato del Secretario General está limitado a dos periodos. Esta interpretación está alineada con el espíritu del artículo 22, que si bien habilita la renovación, no contempla mandatos indefinidos.

¿Cómo votan los miembros de ONU Turismo?

La elección del Secretario General se da en dos etapas:

  • El Consejo Ejecutivo —órgano de 35 países miembros— selecciona un candidato único (art. 19, inciso a y e).
  • La Asamblea General, compuesta por los 159 Estados miembros, debe aprobar esa recomendación con una mayoría de dos tercios de los presentes y votantes (art. 22).

Cada Estado tiene derecho a un voto (art. 28), y las decisiones importantes, como el nombramiento del Secretario General, requieren una mayoría calificada (art. 29.2).

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