El sector aéreo y portuario finalmente cuenta con su protocolo de bioseguridad aprobado por el Ministerio de Salud. Así fue sancionado bajo la resolución 1054 de 2020, aprobada el pasado 27 de junio, que dicta un protocolo de bioseguridad que deben aplicar los miembros de la industria exclusivamente para el transporte doméstico de personas por vía aérea.
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Este protocolo será complementario a la Resolución 666 del 24 de abril de 2020 y se aplica a operadores de aeropuertos, aerolíneas, exploradores de aeronaves, empresas de transporte, agencias de aduana y secretarias de salud distritales o municipales.
El protocolo contempla medidas para operadores de aeropuertos, plan de emergencias, control de pasajeros, acceso al aeropuerto, disposiciones en el terminal y a la llegada de vuelos. Asimismo, contempla medidas de protección para los empleados que laboran en las instalaciones aeroportuarias, para la Unidad Administrativa Especial de la Aerocivil y la operación en tierra y a bordo de las aerolíneas.