Tal y como adelantó La Agencia de Viajes, desde la semana pasada el comité asesor del Ministerio de Salud estuvo deliberando sobre el reemplazo de la prueba PCR como exigencia para poder entrar al país.
La prueba PCR será obligatoria para los viajeros internacionales.
Sin embargo, el anuncio ha sido objeto de cuestionamientos, como el de la alcaldesa de Bogotá Claudia López: “Cuando se reabrió el aeropuerto, el Ministerio de Salud se comprometió a hacer el rastreo y cerco epidemiológico de los pasajeros. ¡Nunca cumplió! Ahora, además quita obligatoriedad de la PCR, que sí les exigen a colombianos cuando viajan. ¿Qué parte de tenemos que cuidarnos no hemos entendido?”.
En la resolución modificatoria el Ministerio explica que a un mes y medio de la expedición de la Resolución 1627, donde se establecía la obligatoriedad de la prueba PCR previo al embarque de los vuelos internacionales, concluyeron que con dicha exigencia “no se tenía capacidad para identificar la autenticidad del resultado que presenta el viajero, por la heterogeneidad de los lugares de donde proviene la prueba, adicionalmente, el resultado de una prueba negativa puede llevar al viajero y a las autoridades a una falsa seguridad que incide en las prácticas de cuidado”.
La cartera de Salud también argumentó que esta decisión fue basada en un concepto técnico de la Organización Panamericana de la Salud, indicando que “la solicitud de pruebas para la entrada a los países no es eficiente como medida para el control de la diseminación del Covid-19 en los países con transmisión comunitaria activa y, por lo tanto, no recomienda realizar o requerir esta clase de pruebas previo al embarque e ingreso al país”.
¿Qué países exigen la prueba PCR?
Ante la afirmación de la alcaldesa, vale la pena aclarar que de los países con los que Colombia tiene conectividad, no todos exigen prueba a los connacionales: a la fecha, diferentes aerolíneas ofrecen rutas a Canadá, Costa Rica, El Salvador, España, Estados Unidos, México, Reino Unido, República Dominicana, Turquía, Bolivia, Ecuador, Guatemala y Panamá. De estos, solo los últimos cuatro exigen el resultado negativo de la prueba PCR para el ingreso.
El rol de las aerolíneas en la prueba PCR
Entre tanto, las aerolíneas tendrán la obligación de informar a sus pasajeros que al llegar a Colombia serán objeto de seguimiento por parte de su asegurador, secretaría de Salud o a través del Centro de Contacto Nacional de Rastreo (CCNR).
Los pasajeros deben responder al rastreo y seguimiento estricto que realizará la EPS o la secretaria de Salud de la jurisdicción donde permanece. Esta medida aplica tanto para nacionales como para extranjeros. Las personas también deben reportar a estas instituciones si durante los 14 días posteriores a su viaje presentan síntomas sospechosos al Covid-19 y seguir las medidas indicadas, las cuales serán costeadas por los viajeros en caso de no estar asegurado.
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