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Ecuador modifica requisitos de ingreso vía aérea

Mediante una rueda de prensa, las autoridades competentes informaron que se modifican los requisitos de ingreso a Ecuador. ¿Cuáles son las modificaciones?

Este 9 de febrero, Juan Zapata, presidente del Comité de Operaciones de Emergencia (COE) Nacional (entidad encargada de emitir resoluciones para viajes), señaló que los pasajeros deberán presentar únicamente su certificado de vacunación contra el Covid-19 para ingresar a la nación. La normativa entrará en vigencia a partir de las 0 horas del 11 de febrero de 2022.

“Existen cambios en los requisitos de ingreso al país. Se elimina la prueba PCR y la de antígenos y únicamente se requerirá para ingresar a Ecuador y a las islas Galápagos el certificado de vacunación con el código QR que es lo que pedimos que todos utilicen y en caso excepcional el carné de vacunación”, señaló el máximo representante del COE Nacional.

Requisitos de ingreso a Ecuador

Así, desde el 11 de febrero y en el marco de la normativa aplicada para evitar la propagación del Covid-19, los viajeros que arriben a Ecuador deberán cumplir con lo siguiente:

  • Todo viajero mayor a 3 años, deberá presentar de forma obligatoria el certificado de vacunación con código QR o carné de vacunación contra la COVID-19 válido con al menos 14 días de vigencia después de completar el esquema, o el resultado negativo de prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real realizada hasta 72 horas previo al embarque al Ecuador. Los pasajeros menores de 3 años no presentarán estos requisitos.
  • Cabe destacar que toda persona que ingrese a Ecuador continental por vía aérea internacional deberá presentar de manera obligatoria la Declaración de Salud del Viajero de forma digital al embarcar a la aerolínea. Para llenar el formulario ingrese al siguiente link: https://declaracionsalud-viajero.msp.gob.ec/.De no encontrarse disponible la plataforma se puede presentar el formulario físico en el punto de entrada al Ministerio de Salud.
  • El único tipo de prueba autorizada para el ingreso al país es la prueba cualitativa RT-PCR en tiempo real.
  • Toda persona que haya sido diagnosticada con la COVID-19 y que luego de un mes siga obteniendo un resultado positivo en la prueba RT-PCR, deberá presentar un certificado médico emitido en el país de origen que avale su estado de salud de no estar en fase de contagio para el ingreso al Ecuador, siempre y cuando, tenga ausencia de síntomas.
Coe Nacional Resolucion miercoles 9 de febrero del 2022 OK-signed-signed.pdf

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