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Ministerio de Hacienda

Personas naturales podrán acceder al subsidio de nóminas

El Gobierno decidió ampliar el grupo de beneficiarios del subsidio de nóminas. Ahora, las personas naturales y Entidades Sin Ánimo de Lucro también podrán acceder al beneficio. Conozca las condiciones.

Tras la expedición del Decreto 677 de 2020, que dispuso los lineamientos para acceder al subsidio de nóminas, desde algunos gremios se hizo un llamado al Gobierno para que ampliara a los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF). Por ello, el Gobierno acogió la petición y ahora, las personas naturales y ESAL Declarantes no contribuyentes podrán acceder al programa.

De esta manera, serán beneficiarios del PAEF, las personas jurídicas, personas naturales, consorcios y uniones temporales, que cumplan con los siguientes requisitos:

  1. Hayan sido constituidos antes del 1° de enero de 2020.
  2. Cuenten con una inscripción en el registro mercantil, que se haya realizado o renovado por lo menos en 2019.
  3. Certifiquen una disminución del 20% o más en sus ingresos.
  4. No hayan recibido el aporte de qué trata esta normativa en tres ocasiones.
  5. No hayan estado obligadas a restituir el aporte estatal del PAEF.

Cabe resaltar que para las personas naturales, para el cumplimiento del requisito del numeral 1, se tomará como referencia la fecha de inscripción en el registro mercantil. No podrán acceder a este programa las personas naturales que se encuentren en cualquiera de las siguientes condiciones:

  • Tengan menos de tres empleados reportados en la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes PILA correspondiente al mes de febrero de 2020.
  • Sean Personas Expuestas Políticamente, o sean cónyuges, compañeros permanentes o parientes en el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil de Personas Expuestas Políticamente.

En el caso de las Entidades Sin Ánimo de Lucro, no deberán cumplir con el requisito establecido en el numeral 2 y, en su lugar, deberán aportar copia del Registro Único Tributario -RUT. En todo caso, sólo podrán ser beneficiarios del programa las ESAL que estén obligadas a presentar declaración de renta o en su defecto declaración de ingresos y patrimonio, así como información exógena en medios magnéticos por el año gravable 2019.

¿Cuándo y cómo solicitar el subsidio de nóminas?

El plazo para hacer la solicitud de subsidio de nóminas con cualquier banco en el que la persona natural o empresa formal tenga una cuenta de ahorros es el próximo 29 de mayo.

Los bancos Bancolombia, Davivienda, BBVA permiten descargar los formularios y hacer los trámites directamente desde sus páginas web. En los demás bancos, por el momento el proceso se tiene que realizar en sus sucursales.

Recuerde que el proceso se debe hacer en un solo banco donde tenga una cuenta de ahorros. No se puede solicitar en más de una entidad financiera.

Para conocer más sobre el subsidio de nóminas, haga clic aquí.

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