La Ley de Inversión Social (reforma tributaria) incluye múltiples beneficios para el empleo, el comercio, las mipymes, el turismo y el crédito.
Reforma tributaria: los beneficios para el sector turístico
El Congreso de la República aprobó la reforma tributaria que incluye múltiples beneficios para los empresarios del sector.
¿Qué incluye la reforma tributaria?
- Extensión del Programa a Ayuda al Empleo Formal (PAEF).
- En materia de empleo, se contempla otorgar un subsidio del 25% de un salario mínimo para los jóvenes de 18 a 28 años. Aplica no solo para el primer empleo.
- La exención del pago a la sobretasa a la energía para los subsectores de alojamiento, eventos y parques, hasta diciembre de 2022.
- La exención del IVA para la prestación de servicios turísticos con inscripción activa en el Registro Nacional de Turismo (RNT), hasta diciembre de 2022.
- El Gobierno podrá diseñar líneas de redescuento a través de Bancóldex destinadas a financiar tanto las necesidades de liquidez, como las inversiones de modernización de las empresas, con un enfoque especial en mipymes y en regiones.
- Bancóldex creará líneas especiales en alianza con el Gobierno Nacional, alcaldías y gobernaciones y otros actores, con el objetivo de generar ofertas de crédito con beneficios de plazo, periodos de gracia y flexibilidad en condiciones de pago y tasa.
- A partir de 2022 no serán responsables de IVA los contribuyentes del impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación que desarrollen actividades de expendio de comidas y bebidas.
- La base gravable en los servicios prestados de expendio de comidas y bebidas preparadas en restaurantes, cafeterías, autoservicios, heladerías, fruterías, pastelerías y panaderías para consumo en el lugar, para ser llevadas por el comprador o entregadas a domicilio, los servicios de alimentación bajo contrato, incluyendo el servicio de catering, y el servicio de expendio de comidas y bebidas alcohólicas para consumo dentro de bares, tabernas y discotecas quedó con un impoconsumo del 8%. Este impuesto no es aplicable a las actividades de expendio de bebidas y comidas bajo franquicias.
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